Bono por Hijo: Guía para acceder al beneficio 2020
El Bono por Hijo es un beneficio que el Estado de Chile otorga a las mujeres que han sido mamás para aumentar el valor de su pensión.
La madre recibe un monto por cada hijo nacido vivo o adoptado que tenga.
Este bono se paga cuando la mujer se va a jubilar y no al momento de que nace el bebé. Por ende, desde los 65 años se puede postular al beneficio.
Quienes reciben el bono por hijo
Las madres mayores de 65 años pueden optar al beneficio cuyo principal requisito es haber estado afiliadas a una AFP a partir del 1 de julio de 2009 o ser beneficiarias de la pensión solidaria básica de vejez desde el 1 de julio de 2009.
Cuánto se recibe por hijo
El bono se calcula desde la fecha de nacimiento del hijo, generando desde aquel día rentabilidad y equivale al 10 % de 18 ingresos mínimos mensuales (fijado para los trabajadores mayores de 18 y hasta 65 años) haciendo el cálculo de la siguiente forma:-
Si el hijo nació antes del 1 de julio de 2009, se aplicará el valor del sueldo mínimo vigente en julio de 2009 ($ 165.000).-
Cómo acceder al Bono Mujer Trabajadora
Si el hijo nació después del 1 de julio de 2009, el ingreso mínimo corresponderá al monto que estaba vigente durante el mes en que nació el hijo.
En caso de hijos adoptados, el beneficio se generará tanto para la madre biológica como para la madre adoptiva.
Importante es saber que una vez que una mujer es beneficiaria del bono, no se puede renunciar al beneficio (es irrevocable).
Requisitos para postular
Las madres afiliadas al sistema del DL N° 3.500: que no tengan afiliación a otro régimen previsional.
Madres que sean beneficiarias de una Pensión Básica Solidaria de Vejez (PBSV) o Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV).
Madres que, sin estar afiliadas a un régimen previsional, solo perciban una pensión de sobrevivencia con derecho a Aporte Previsional Solidario, sea de Administradora de Fondos de Pensiones (AFP), compañías de seguros, Instituto de Salud Laboral, Mutualidad de Empleadores o del Instituto de Previsión Social.
Afiliadas a una AFP que obtuvieron su pensión a partir del 1 de julio de 2009, deben cumplir con los siguientes requisitos:
– Tener 65 años de edad o más.
– Residir en territorio chileno por un período de 20 años (continuos o discontinuos), contados desde que la beneficiaria cumplió 20 años. Asimismo, tiene que haber residido en Chile, al menos, cuatro años durante los últimos cinco años anteriores a la solicitud del bono.
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Cómo y dónde se realiza la solicitud
Se puede realizar de forma online, a través de IPSenLinea.cl con su ClaveÚnica. Revisa aquí como obtener tu Clave Única.
De forma presencial, en la AFP a la que pertenezca la madre o en el Centro de Atención ChileAtiende del IPS más cercano.
El IPS emitirá una resolución que concede o rechaza el beneficio, la que deberá ser retirada en persona o por un representante legal en los centros de atención.
Que documentos se necesitan para realizar el trámite
Cédula de identidad vigente, y poder notarial si el trámite es realizado por un apoderado o un tercero en nombre de la madre solicitante.
Cómo recibo el pago del bono por hijo
Si la solicitante recibe pensión por una AFP el bono se pagará junto con ésta hasta que se agote la totalidad del monto.
Beneficiarias de una Pensión Básica Solidaria de Vejez (PBSV) o Pensión de Sobrevivencia con derecho a Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV), otorgada por una AFP o por el IPS a contar del 1 de julio de 2009: El bono se pagará junto a la pensión en forma vitalicia.